NOVEDADES IMPORTANTES EN EL IMPUESTO SOBRE LOS GASES FLUORADOS, EN VIGOR DESDE EL 1 DE SEPTIEMBRE DE 2022

El pasado 9 de julio se publicó en el BOE la “Ley 14/2022, de 8 de julio, de modificación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, con el fin de regular las estadísticas de las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) en la contratación pública”, que contiene una Disposición Final en la que se introduce una IMPORTANTE MODIFICACIÓN de la “Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras”, que regula el impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero.

Las modificaciones en el impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero entrarán en vigor el 1 de septiembre de 2022 y afectarán de forma muy importante a las empresas instaladoras.

Entre los aspectos más destacados podemos señalar los siguientes:

  • Se eliminan determinadas exenciones en el impuesto, entre ellas las exenciones ligadas a la primera carga de equipos o aparatos nuevos, así como la exención de la primera venta o entrega a los revendedores.
  • Desaparece la figura del revendedor, consideración que tenían las empresas instaladoras.
  • Desaparición de las tarifas reducidas de gases reciclados/regenerados.
  • Se crea la figura del almacenista, que necesita del cumplimiento de una serie de requisitos.
  • Se modifica el hecho imponible del impuesto.

Consulta las Circulares remitidas con la información detallada sobre esta modificación en la zona privada de descargas.